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¡VAN CON TODO! A partir de mañana revisarán alquileres de centros comerciales del país

Hebert García Plaza, jefe del Órgano Superior para la Defensa de la Economía Popular, informó que este lunes comenzará una jornada de inspección en centros comerciales para verificar que se cumpla con el decreto que establece como canon de arrendamiento 250 bolívares por metro cuadrado.“Vamos a exigir que los dueños de centros comerciales notifiquen por escrito el contenido del decreto y la realización de nuevos contratos de arrendamiento”, señaló.

El presidente Nicolás Maduro ordenó este viernes, vía decreto, fijar el canon de arrendamiento en 250 bolívares por metro cuadrado, luego de que se detectara un 2.000% de sobreprecio en los alquileres en centros comerciales.

Centro comercial sambil

Se detectó también que los comerciantes debían pagar impuestos en dólares a los servicios de arrendamiento de los centros comerciales.

El segundo de los seis artículos del decreto presidencial indica que el precio se aplicará en “los cánones de arrendamientos de inmuebles constituidos por locales o establecimientos en los que se desarrollen actividades comerciales, en edificaciones de viviendas u oficinas, edificaciones con fines turísticos, galpones, oficinas, edificaciones de uso educacional, edificaciones de uso médico asistencial, centros comerciales y en general, cualesquiera clase de locales o establecimientos destinados al funcionamiento o desarrollo de actividades económicas comerciales, productivas o de servicios”.

La normativa indica que los contratos de arrendamiento que tengan establecidos cánones superiores a los 250 bolívares “se entenderán automáticamente regulados en el precio indicado en este artículo”.

Asimismo, señala que “para aquellos casos en que el canon de arrendamiento mensual esté por debajo al equivalente a 250 bolívares por metro cuadrado se mantendrán los cánones acordados en el contrato debidamente celebrado”.

La normativa deja sin efecto las cláusulas contractuales que establezcan: cánones de arrendamientos en moneda extranjera; valoración de activos o valor agregado intangibles, tales como relaciones, reputaciones y otros similares; ajustes periódicos del canon de arrendamiento durante la vigencia del contrato; cánones o pagos de cualquier tipo sobre la base de porcentaje por ventas brutas o netas por la actividad comercial realizada por el arrendatario.

Con información de: Panorama.

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