El legítimo Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) en el exilio, publicó un artículo de la Constitución, que establece a uno de los Poderes del Estado con la capacidad de solicitar una intervención en Venezuela.

Composición Maduradas. Fotos: Diario Las Américas / The Straits Times
“Artículo 187 Constitución de la República Bolivariana de Venezuela: Corresponde a la Asamblea Nacional: (…) 11. Autorizar el empleo de misiones militares venezolanas en el exterior o extranjeras en el país”, informó el TSJ a través de su cuenta en Twitter.
La institución se sumaría a la petición de varios partidos, venezolanos y políticos, que solicitan al Parlamento, autorizar la intervención militar en el país, que permita una transición política inmediata.
El presidente encargado de Venezuela, Juan Guaidó, no ha descartado ni avalado por completo una intervención, pero ha manifestado en reiteradas ocasiones que “todas las opciones están sobre la mesa”; opinión compartida por el presidente del los Estados Unidos, Donal Trump.
Artículo 187 Constitución de la República Bolivariana de Venezuela: “Corresponde a la Asamblea Nacional: (…) 11. Autorizar el empleo de misiones militares venezolanas en el exterior o extranjeras en el país.”
— TSJ_Legítimo (@TSJ_Legitimo) March 11, 2019
Redacción Maduradas
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