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¡GUISO ROJITO! Productora del video Fitven 2014 evade Ley de Contrataciones Públicas ¿Y ENTONCES?

Todas las empresas que prestan servicios o realizan obras para el Estado deben estar inscritas en el registro Nacional de Contratistas (RNC). También, tienen que ser escogidas mediante concurso como obliga la Ley de Licitaciones. No es el caso de Chévere TV C.A, que también organiza la gira del cantante colombiano Carlos Vives, quien compartirá tarima con el venezolano Omar Acedo. Existe una compañía con el mismo nombre registrada desde 2009 en Monagas.

Chévere TV C.A, la productora que realizó el video promocional de la Feria Internacional de Turismo de Venezuela, Fitven 2014, que organiza desde hace siete años el Ministerio de Turismo (Mintur), no aparece en el Registro Nacional de Contratistas (RNC), requisito exigido por la Ley de Contrataciones Públicas (artículos 29 y 30) para todas las empresas que realicen obras o presten servicios al Estado.

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El video clip del tema institucional interpretado por Daniela Cabello (hija del presidente de la Asamblea Nacional, Diosdado Cabello), fue producido y compuesto por el cantante Omar Acedo, quien en ocasión de su lanzamiento (6 de noviembre) resaltó “la calidad y la aceptación del video de la canción, que fue realizado por la productora Chévere TV”. Al mismo tiempo, agradeció a esa empresa “el empeño con el que emprendieron este proyecto” y adelantó que ya se está trabajando en una segunda versión, según una nota de VTV.gov.ve (06/11/14).

Lo que Acedo no especificó en esa oportunidad fue su vinculación con Chévere TV. Es la misma empresa que organiza la gira “Más corazón profundo tour” en Venezuela, del cantautor colombiano Carlos Vives, con quien el artista marabino compartirá escenario. “Por problemas logísticos”, los conciertos, previstos inicialmente para el 15 y 16 de noviembre, fueron pospuestos para el 18 de diciembre en Caracas y 20 del mismo mes en Maracaibo, aclaró la productora el 10 de noviembre al disculparse por el cambio de fechas.

Chévere TV es una de las pocas productoras nacionales que en 2014 ha logrado organizar un evento en el Poliedro de Caracas. En lo que va de año, sólo se han realizado cinco conciertos (cuatro de ellos con artistas internacionales) en el caso de La Rinconada, que desde junio pasó a la administración del Gobierno del Distrito Capital.

No es la primera vez que Acedo y Cabello trabajan juntos en un audiovisual. En julio pasado, fue estrenado en VTV y redes sociales el video de la canción “Invencible”, dedicada a Hugo Chávez, que ambos interpretaron por primera vez el 26 de abril en el Teatro Karl Marx de la Habana, Cuba. Aunque fue promocionado por el propio presidente Nicolás Maduro, no se difundió el nombre del organismo u empresa que lo produjo ni el presupuesto invertido.

Sin licitación y sin registro

Si bien el video de la feria de Turismo 2014 acumuló más de 200 mil visualizaciones en el canal oficial Fitven en Youtube.com durante el mes de noviembre y fue ampliamente difundido por los medios del Sistema Bolivariano de Comunicación e Información (Sibci), la compañía que lo produjo, Chévere TV, se mantiene bajo perfil.

El video oficial, a ritmo de cuatro, arpa y maracas y toques modernos, recorre en 3:23 minutos los principales atractivos del país con el propósito de invitar al mayor evento de promoción del turismo del país que se realizó en Barinas y mostrar que Venezuela es “el destino más chévere” del Caribe, declararon Cabello y Acedo en el acto de lanzamiento.

Sin embargo, una simple búsqueda del nombre de la empresa en el RNC digital, arroja que no está inscrita.

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Gastos en campaña

Si bien el gobernador de Barinas, Adán Chávez afirmó que el presupuesto dedicado a la Fitven 2014 fue de 1.500 millones de bolívares, ningún organismo oficial ha revelado el monto que se destinó a la producción del video promocional de la feria del turismo, cuya edición de este año rinde homenaje a Los Llanos y al expresidente Hugo Chávez.

Sin embargo, se puede tener una idea de algunos gastos del año pasado en la promoción del ministerio. Según la memoria y cuenta 2013 de Mintur, para la campaña Chévere se invirtieron Bs. 292.800 en el tema musical (a cargo del grupo Madera y Cinema Producciones); Bs. 156.173 en la producción audiovisual de comerciales (Agosto.67); Bs. 1.668.800 en el evento de lanzamiento (GIS Siglo XXI); y Bs. 98.060 en publicaciones en medios regionales sobre Fitven (Publicidad Siete89).

Ley contra la corrupción

Concierto con interesados o intermediarios Artículo 74. El funcionario público que, al intervenir por razón de su cargo en la celebración de algún contrato u otra operación, se concierte con los interesados o intermediarios para que se produzca determinado resultado, o utilice cualquier maniobra o artificio conducente a ese fin, será penado con prisión de tres (3) a seis (6) años. Si el delito tuvo por objeto obtener dinero, dádivas o ganancias indebidas que se le dieren u ofrecieren a él o a un tercero, será penado con prisión de cuatro (4) a ocho (8) años y multa de hasta el cien por ciento (100%) del beneficio dado o prometido. Con la misma pena será castigado quien se acuerde con los funcionarios, y quien diere o prometiere el dinero, ganancias o dádivas indebidas a que se refiere este artículo. Tráfico de influencias Artículo 75.

El funcionario público que directamente o por interpuesta persona, con aprovechamiento de las funciones que ejerce o usando las influencias derivadas de las mismas, hubiere obtenido ventaja o beneficio económico u otra utilidad para sí o para un tercero, será penado con prisión de dos (2) a cuatro (4) años. Igual pena se aplicará a quien, en beneficio propio o de otro, haga uso indebido de la influencia o ascendencia que pudiera tener sobre algún funcionario público para que éste ordene o ejecute algún acto propio de sus funciones, para que lo omita, retarde o precipite o para que realice alguno que sea contrario al deber que ellas impongan. El funcionario que actúe bajo estas condiciones será castigado con la misma pena, disminuida de un tercio (1/3) a la mitad (1/2), excepto si concurren las circunstancias previstas en el numeral 2 del artículo 66 de esta Ley, en cuyo caso se aplicará la sanción prevista en ese artículo.

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Por Lisseth Boon @boonbar / Runrunes

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