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¿Y ENTONCES? Embajadas le ponen “cuesta arriba” la inscripción en el REP a los ciudadanos venezolanos

Consulados y embajadas exigen a los venezolanos en el exterior cédula de identidad, pasaporte vigente, partida de nacimiento original y una cantidad de documentos administrativos no contemplados en Ley Orgánica de Procesos Electorales, para que los ciudadanos ejerzan su derecho al voto.

Créditos: Diario Las Américas / Elkis Bejarano

De unos cuatro años hasta la actualidad se ha aplicado este modus operandi y Venezuela solo cuenta con 110.000 electores al sur de Florida para las elecciones presidenciales. Las autoridades alegan que la persona debe estar inscrita en el Registro Electoral.

Además, es importante mencionar que en 44 representaciones diplomáticas no se realizan trámites de inscripción o actualización del RE, porque aseguran, “debe ser un proceso ordenado por la Comisión de Registro Civil y Electoral del CNE”.

Según el artículo 124 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales “sólo podrán sufragar en el exterior los electores que posean residencia o cualquier otro régimen que denote legalidad de permanencia fuera de Venezuela (…) podrán sufragar en el exterior, los funcionarios adscritos a las embajadas, consulados y oficinas comerciales”.

Dicha ley fue aprobada en 2009 y se ha intentado anular con el argumento de que es “ilegal” asumir el rol de autoridades migratorias. Hasta los momentos la idea no ha sido aprobada.

Redacción Maduradas con información de Diario Las Américas

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